Un vecino quiere hacer obras, ¿cómo influye en la comunidad?

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Un vecino quiere hacer obras, ¿cómo influye en la comunidad?

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Según se trate de obras de conservación o de mejoras en el edificio, es necesario conocer los requisitos de permiso para llevar a cabo dichas reformas.

Desde Administración de Fincas Heredero te informamos acerca de los derechos y obligaciones que tiene cada propietario para poder realizar obras en una comunidad de viviendas.

LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y LOS ESTATUS DE LA COMUNIDAD

Lo primero que hay que entender es que los edificios o bloques de viviendas tiene zonas comunes que deben regirse por la Ley de Propiedad Horizontal y los propios estatus de la comunidad de vecinos.

Estas normas son las que regulan que tipo de obras se puede o no realizar dentro de la comunidad.

Como norma general, todo edificio debe mantener las instalaciones en buen estado de conservación y salubridad.

En este sentido, la comunidad de propietarios se encuentra obligada a realizar las obras necesarias para conservar el inmueble en buen estado y de sus servicios.

Para tal fin, la comunidad debe de contar con un fondo de reserva para atender los gastos de conservación y reparación del edificio.

La Ley de Propiedad Horizontal establece que el propietario de cada piso podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios, siempre y cuando no altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o perjudique los derechos de otro propietario.

Aunque previo a cualquier cambio, deberá dar cuenta de tales obras a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar modificaciones. Si advierte la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo de inmediato al administrador de fincas.

Por ejemplo, en el caso de que un vecino quiera colocar un toldo o cerrar su terraza, deberá consultar los estatutos de la comunidad.

Si este punto no está regulado, se procederá a realizar una votación en la junta, siendo necesario el consentimiento unánime de la comunidad.

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OBRAS DE CONSERVACION O DE MEJORAS DE LA FACHADA  

Como mencionamos antes, una comunidad de vecinos comparte espacios en común. Es decir, determinadas obras pueden afectar los pisos de otros propietarios.

Es por este motivo que la mayoría de los arreglos, modificaciones o construcciones deben primero estar aprobados por la comunidad de propietarios.

En un principio, hay que distinguir las obras de mejora de las obras de conservación.

  • Las obras de conservación. La Ley de Propiedad Horizontal establece que tendrán carácter obligatorio aquellos trabajos y obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes.

Incluso, todo aquello necesario para cumplir los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal. 

Esto significa que las obras de conservación o reparación son necesarias y cualquier propietario puede solicitarlas, estando obligados todos los integrantes de la comunidad a sufragarlas. Es normal que estas obras sean aprobadas por la Junta de Propietarios.

  • Las obras de mejora. Conocidas también como obras no suntuarias, no se encuentran definidas en la Ley, aunque se pueden calificar como aquellos trabajos que nos son requeridos para la adecuada conservación, seguridad, habitabilidad y accesibilidad del inmueble.

En este sentido, ningún propietario puede exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos.

Sin embargo, si existe un voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, además, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, pueden adoptarse como válidas y realizar un acuerdo para llevar a cabo dichas mejoras.

La junta de propietarios es la que debe decidir si una obra, instalación o nuevo servicio se considera como mejora.

Si la cuota que tiene que abonar cada propietario excede tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el vecino disidente no estará obligado al pago de las obras de mejora, ni se modificará su cuota.

Si en un futuro el disidente desea participar de los beneficios de la innovación, tendrá que pagar su cuota en los gastos de mantenimiento, en forma actualizada.

Si un vecino quiere realizar obras y no estás seguro si corresponde o no realizar en tu edificio, recuerda que puedes consultar con nosotros. Estamos para asesorarte.