NORMATIVA ACTUAL SOBRE EL USO DE LAS PISCINAS DURANTE EL VERANO 2021

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NORMATIVA ACTUAL SOBRE EL USO DE LAS PISCINAS DURANTE EL VERANO 2021

Debido a la crisis sanitaria de público conocimiento, se han establecido nuevas medidas obligatorias para piscinas compartidas en comunidades de propietarios.

En Fincas Heredero te contamos cuáles son las últimas normativas para que los vecinos puedan disfrutar de la recreación en la piscina durante el verano 2021.

USO DE LAS PISCINAS: MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE AL COVID-19

Entre las nuevas medidas exigidas para acceder a las piscinas al aire libre o cubiertas, la de mayor relevancia tiene que ver con respetar el límite del 60% de su capacidad de aforo. 

Esto incluye tanto al acceso como durante la propia actividad.

Cumplir con las medidas higiénico-sanitarias establecidas por la Comunidad de Madrid es una buena forma de evitar los riesgos de propagación del covid-19.

Durante la temporada pasada, casi el 50% de las piscinas comunitarias pudieron abrir gracias a la actitud responsable de los vecinos, que atendieron a las recomendaciones de los administradores de fincas colegiados.

NORMATIVA ACTUAL PARA PISCINAS: VERANO 2021

A partir de mayo de 2021, las siguientes medidas son de aplicación obligatoria para las piscinas de uso recreativo presentes en las comunidades de propietarios:

  • Las piscinas cubiertas o al aire libre de uso recreativo deberán respetar el límite del 60% de su capacidad, tanto en el acceso como durante la estancia. 

A su vez, es obligatorio contratar socorristas en urbanizaciones mayores a 30 viviendas, aunque su función se limita a la vigilancia del vaso de la piscina, y no al control del aforo. 

  • Para el cálculo del aforo máximo de acceso y permanencia en las instalaciones, se podrá considerar que cada persona debe disponer de 3 metros cuadrados de superficie en la zona. 
  • Respecto a la utilización de las piscinas, se deberá conservar la distancia de seguridad entre los usuarios no convivientes, de 3 metros cuadrados en el vaso por usuario. Siempre en cumplimiento con las medidas y las recomendaciones otorgadas por las autoridades sanitarias.
  • En las zonas de estancia de las piscinas se utilizará una señalización en el suelo para asegurar la distribución de la distancia interpersonal. 
  • Los objetos personales deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con los demás vecinos. En este caso, se deberán habilitar modos de acceso para evitar la acumulación de personas. 
  • Se deberá recordar a los vecinos, mediante mensajes y cartelería visible, las normas de higiene y prevención a considerar. Remarcando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el covid-19
  • El uso de mascarilla es obligatorio en los desplazamientos, los accesos y paseos que se realizan en las instalaciones de la piscina. No así, durante el baño y se permanezca en un espacio sin desplazarse.
  • En las piscinas de uso compartido se debe llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones. En especial, en aquellos sitios cerrados como baños o vestuarios. 
  • La normativa obliga a limpiar y desinfectar equipos y materiales que se suelen compartir como la reja perimetral, taquillas, botiquín de primeros auxilios o cualquier otro objeto de la instalación que un usuario tome contacto. 

NORMATIVA PARA EL USO LA PISCINA: ¿CUMPLO CON TODAS LAS CONDICIONES?

Es importante mencionar que la legislación fija normas y restricciones para piscinas comunitarias, y varía en función de la comunidad autónoma.

En general, la normativa exige que se respete la distancia de seguridad entre grupos de convivencia, como también el protocolo de acceso y salida para evitar aglomeraciones. 

El uso de mascarilla es obligatorio en interiores y mientras no se mantenga la distancia exigida entre los usuarios.

Las medidas de higiene y desinfección completa la normativa para que la comunidad de vecinos pueda disfrutar de una estancia segura y cuidada en la piscina.

En cuanto al ingreso de familiares y amigos, para el verano 2021 no existe una normativa que prohíba a los propietarios invitar a sus seres queridos para pasar el día en la piscina comunitaria.

En este sentido, la comunidad de vecinos debe ser la encargada de establecer las limitaciones de acceso. 

Esto generalmente queda plasmado en los estatus de la comunidad, al igual de otras restricciones relacionadas con el acceso a animales, el uso de colchonetas o el horario de baño.

Si tienes dudas sobre el uso adecuado y seguro de la piscina comunitaria, en Fincas Heredero contamos con la información para asesorarte acerca de las medidas vigentes para este verano 2021